Respuesta rápida. En 2026 no existe una subvención estatal directa para instalar aerotermia: las convocatorias individuales del Plan de Recuperación (fondos Next Generation) están cerradas. Lo que sí está vigente en toda España son tres vías: la deducción en el IRPF de hasta el 40 % para viviendas individuales (hasta 3.000 €), los Certificados de Ahorro Energético (CAE), que pagan el ahorro generado, y las bonificaciones municipales de IBI e ICIO. A eso se suman las convocatorias autonómicas, que van por libre: cada comunidad abre, cierra y agota las suyas en fechas distintas. Abajo tienes el estado de las 17, con enlace al organismo que las gestiona.
Por eso actualizamos este hub cada trimestre. Aun así, ninguna página web —tampoco esta— sustituye a la convocatoria oficial. Úsala para orientarte y decide siempre sobre el texto publicado en el boletín de tu comunidad.
Cómo está el panorama de ayudas en 2026
Conviene entender bien este cambio de ciclo, sobre todo porque explica por qué la mitad de lo que se lee en internet ya no sirve.
Entre 2021 y 2024, el grueso de las ayudas a la aerotermia vino de los fondos europeos Next Generation, canalizados por el Real Decreto 477/2021 y repartidos por las comunidades autónomas. Ese dinero se ha agotado o ha caducado en la práctica totalidad del territorio, y las convocatorias estatales para solicitudes individuales están cerradas. Los expedientes ya concedidos siguen en fase de ejecución y justificación, pero no se admiten nuevas solicitudes.
Sin embargo, lo que ha ocupado su lugar es un sistema más fragmentado y menos generoso, pero permanente:
| Vía | Ámbito | Cuantía típica | Estado en 2026 |
|---|---|---|---|
| Deducción IRPF por eficiencia energética | Estatal | Hasta 3.000 € (tramo 40 %) | Vigente hasta 31/12/2026 en vivienda individual |
| Certificados de Ahorro Energético (CAE) | Estatal | Varios cientos de euros a >1.000 € | Vigente y estable |
| Bonificación de IBI e ICIO | Municipal | 20-50 % de la cuota, según ordenanza | Vigente donde el ayuntamiento la haya aprobado |
| Convocatorias autonómicas | Autonómico | Muy variable: 0 € a 3.000 € o más | Depende de la comunidad y del momento |
| Deducciones autonómicas del IRPF | Autonómico | 10-25 % adicional en algunas comunidades | Vigentes en varias |
Un aviso antes de seguir. Circula por la red la cifra de «ayudas de hasta 3.000 €/kW instalado» atribuida a los fondos Next Generation, a veces mezclada con el Plan MOVES. En realidad es falsa: el MOVES es, por un lado, un programa de vehículos eléctricos y puntos de recarga, no tiene nada que ver con la climatización de viviendas, y ninguna convocatoria de aerotermia ha pagado nunca 3.000 € por kilovatio. Por tanto, si una web te promete eso, ya sabes cuánto vale el resto de lo que cuenta.
Las tres ayudas que puedes conseguir vivas donde vivas
1. Deducción en el IRPF (la más segura de todas)
Es, además, la ayuda más importante de 2026, precisamente porque no depende de fondos, ni de plazos de convocatoria, ni de llegar el primero. Si cumples los requisitos, la tienes.
El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre prorrogó los plazos: hasta el 31 de diciembre de 2026 para obras en viviendas individuales y hasta el 31 de diciembre de 2027 para actuaciones en el conjunto de edificios residenciales. Los tres tramos, según la ficha oficial de la Agencia Tributaria:
| Tramo | Requisito acreditado por certificado energético | Base máxima | Deducción máxima |
|---|---|---|---|
| 20 % | Reducir ≥7 % la demanda de calefacción y refrigeración | 5.000 € | 1.000 € |
| 40 % | Reducir ≥30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar clase A o B | 7.500 € | 3.000 € |
| 60 % | Lo mismo, en obras del conjunto del edificio residencial | 15.000 € (acumulable en varios ejercicios) | 9.000 € |
Por lo general, una aerotermia que sustituye a una caldera de combustión entra en el tramo del 40 %. Requisitos que no admiten excepción:
- Certificado de eficiencia energética emitido antes de empezar la obra (vale uno de hasta dos años antes) y otro después. Sin el previo, no hay deducción, y no se puede emitir a posteriori.
- Pago por medio bancario. El efectivo no es deducible, ni un euro.
- Vivienda habitual, alquilada o en expectativa de alquiler (en este último caso, alquilada antes del 31/12/2027). Quedan fuera segundas residencias de uso propio, garajes, trasteros y piscinas.
- Las subvenciones recibidas se restan de la base deducible. No puedes deducirte la parte que ha pagado la Administración.
→ Guía completa: Deducción del IRPF por instalar aerotermia
2. Certificados de Ahorro Energético (CAE)
Es la vía más desconocida y una de las más útiles, porque funciona incluso cuando no hay ninguna convocatoria abierta. El sistema CAE del MITECO permite vender el ahorro energético verificado de tu instalación a las empresas energéticas, que están obligadas por ley a acreditar ahorros.
Cada CAE equivale a 1 kWh de ahorro anual de energía final acreditado. La actuación se acoge a la ficha RES060 del catálogo vigente de fichas estandarizadas, que cubre la sustitución de una caldera de combustión por bomba de calor. El certificado ha cotizado en 2026 en el entorno de 0,09-0,10 € por kWh certificado, y en una sustitución de gasóleo en unifamiliar el importe suele moverse entre varios cientos de euros y algo más de mil.
Por lo general, la gestión la hace el instalador o un sujeto delegado acreditado, sin coste anticipado para ti, y el cobro llega unos meses después. Regla clave: no se puede cobrar dos veces el mismo ahorro, así que en muchos casos el CAE es incompatible con una subvención pública sobre la misma actuación. Lee las bases antes de renunciar a una cosa por la otra. → Cómo tramitar los CAE paso a paso
3. Bonificaciones municipales de IBI e ICIO
Muchos ayuntamientos bonifican entre un 20 % y un 50 % de la cuota del IBI durante varios años y una parte del impuesto de obras (ICIO) cuando instalas sistemas de aprovechamiento de energías renovables. Ahora bien, no es automático: depende de que tu ayuntamiento lo haya recogido en su ordenanza fiscal, y casi siempre hay que solicitarlo expresamente y dentro de plazo.
En conjunto es dinero pequeño comparado con lo anterior, pero recurrente y con una tasa de solicitud bajísima, precisamente porque casi nadie sabe que existe. → Bonificaciones de IBI e ICIO por eficiencia energética
Estado de las ayudas por comunidad autónoma
Cómo leer esta tabla
La columna «estado» refleja la situación en la fecha de verificación que aparece al principio del artículo. Las convocatorias autonómicas se agotan por orden de solicitud, así que una línea «abierta» puede estar cerrada mañana. El enlace de cada fila lleva al organismo gestor, que es donde está la verdad.
Tabla de ayudas comunidad por comunidad
| Comunidad | Organismo gestor | Estado en la última revisión |
|---|---|---|
| Andalucía | Agencia Andaluza de la Energía | [Verificar] · Convocatorias ligadas a programas de rehabilitación energética |
| Aragón | Dirección General de Energía y Minas | [Verificar] · Deducción autonómica del IRPF adicional |
| Asturias | Dirección General de Energía / FAEN | [Verificar] |
| Baleares | D. G. de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático | [Verificar] |
| Canarias | Instituto Tecnológico de Canarias (ITC) | Línea de transición verde con cofinanciación FEDER 2021-2027, hasta el 60 % del coste subvencionable. Tramitación por la sede electrónica del Gobierno de Canarias |
| Cantabria | Dirección General de Energía | Ayudas ligadas al PRTR para térmicas renovables; fondos agotados en varias líneas |
| Castilla-La Mancha | Dirección General de Transición Energética | [Verificar] |
| Castilla y León | Ente Regional de la Energía (EREN) | [Verificar] · Deducción autonómica del IRPF adicional |
| Cataluña | Institut Català d’Energia (ICAEN) | Ayudas de fondos europeos gestionadas por ICAEN, hasta el 40 % del coste, con topes distintos según instalación individual o colectiva |
| Comunidad Valenciana | IVACE / Agencia Valenciana de la Energía | Línea con hasta el 40 % del coste y topes en torno a 3.000 €; plazos de ejecución vencidos en la convocatoria anterior. Verificar si hay convocatoria nueva |
| Extremadura | Servicio de Generación y Eficiencia Energética / AGENEX | [Verificar] · Convocatorias históricas de hasta el 50 % del presupuesto protegido |
| Galicia | Instituto Enerxético de Galicia (INEGA) | Programa anual de renovables térmicas; cuantías para aerotermia en el entorno de 2.500 € por vivienda. Plazo de la convocatoria anterior cerrado. Verificar la del ejercicio en curso |
| Madrid | D. G. de Transición Energética y Economía Circular | Plan Rehabilita autonómico: orientativamente hasta 3.000 € para <10 kW y 4.000 € para 10-25 kW. Además, en el municipio de Madrid, el Plan Cambia 360 del Ayuntamiento, con hasta 5.000 € por vivienda en comunidades de propietarios y convocatoria 2026 abierta de abril a noviembre por orden de solicitud |
| Murcia | Dirección General de Industria, Energía y Minas / ARGEM | [Verificar] |
| Navarra | Dirección General de Industria y Energía | [Verificar] · Régimen foral propio |
| País Vasco | Ente Vasco de la Energía (EVE) | La línea más potente del país. Programa de generación eléctrica para autoconsumo y electrificación de consumos térmicos: aerotermia con hasta 500 €/kW y máximo 3.000 € por instalación. Plazo hasta el 30 de septiembre de 2026 o hasta agotar presupuesto, con 20 M€ asignados a la línea térmica. Suma deducciones forales del 15 % en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa |
| La Rioja | Dirección General de Transición Energética | [Verificar] · Deducción autonómica del IRPF adicional |
Dónde comprobarlo tú mismo
Además de la tabla anterior, estos son los directorios oficiales desde los que puedes verificar cualquier convocatoria en menos de cinco minutos:
- IDAE — Agencias regionales y locales de energía
- IDAE — Organismos con competencias por comunidad autónoma
- MITECO — Gestores autonómicos del sistema CAE
- País Vasco — Programa de ayudas del EVE
Fichas ampliadas por comunidad
Por último, si quieres el detalle de tu territorio: Andalucía · Cataluña · Madrid · C. Valenciana · País Vasco · Galicia
El orden correcto: seis pasos para no quedarte sin ayuda
En realidad, el error más caro de todo este proceso no es elegir mal el equipo. Es hacer las cosas en el orden equivocado. Este es el orden que funciona:
1. Encarga el certificado de eficiencia energética antes de nada. Antes de firmar el presupuesto, antes de que entre el instalador. Es, en definitiva, el documento que acredita el «antes» y sin él pierdes la deducción del IRPF y probablemente la subvención autonómica. Cuesta entre 100 y 200 €.
2. Consulta la convocatoria de tu comunidad y comprueba el efecto incentivador. En efecto, muchas convocatorias —la del EVE lo dice expresamente— exigen que no hayas firmado contrato, aceptado presupuesto ni pagado nada antes de presentar la solicitud. Si ya has dado una señal al instalador, has perdido la ayuda.
3. Pide tres presupuestos y elige. → Cómo leer un presupuesto de aerotermia
4. Solicita la subvención autonómica si hay convocatoria abierta, y solo entonces contrata.
5. Ejecuta la obra, paga siempre por banco y guarda todo: facturas desglosadas, justificantes bancarios, ficha técnica del equipo, certificado de instalación RITE.
6. Al terminar, encarga el segundo certificado energético y tramita en este orden: subvención (justificación), CAE si es compatible, deducción del IRPF en la declaración del ejercicio correspondiente, y bonificación de IBI en tu ayuntamiento.
Cómo se combinan entre sí (compatibilidades)
| Combinación | ¿Compatible? | Matiz |
|---|---|---|
| Subvención autonómica + deducción IRPF | Sí | La subvención se resta de la base deducible |
| Subvención autonómica + CAE | Frecuentemente no | No se puede monetizar dos veces el mismo ahorro. Depende de las bases |
| CAE + deducción IRPF | Generalmente sí | Verificar en las bases de la convocatoria y con el sujeto delegado |
| Deducción estatal + deducción autonómica | Sí, donde exista | Son tramos distintos de la cuota |
| Cualquiera + bonificación de IBI/ICIO | Sí | Es un tributo local independiente |
| Aerotermia + fotovoltaica en la misma ayuda | Depende | Varias convocatorias, como la del EVE, tratan ambas líneas y son compatibles entre sí |
La regla mental que resume todo: el dinero público no paga dos veces la misma cosa, pero los mecanismos de naturaleza distinta (subvención, deducción fiscal, tributo local, mercado de certificados) sí suelen apilarse.
Siete errores que te dejan sin la ayuda
- Empezar la obra antes de solicitar. El más frecuente y el más irreversible.
- No tener el certificado energético previo. No se puede emitir con efectos retroactivos.
- Pagar en efectivo, aunque sea una parte. Esa parte no desgrava.
- Presentar la factura sin desglosar. «Instalación de aerotermia: 14.000 €» no acredita nada. Hace falta detalle de equipo, materiales y mano de obra.
- Que el equipo no cumpla el rendimiento mínimo exigido por las bases. Muchas convocatorias fijan un SCOP o una etiqueta energética mínima.
- Dejar pasar el plazo de justificación, que suele ser más corto que el de solicitud y pilla a mucha gente con la obra sin terminar.
- Fiarte de que el instalador «se encarga de todo» sin comprobarlo. Muchos lo hacen bien; algunos presentan tarde o mal. La solicitud es tuya y la pérdida también.
→ Detalle de cada uno: Por qué te pueden denegar la subvención de aerotermia
Preguntas frecuentes
¿Hay alguna subvención estatal para aerotermia en 2026?
Subvención directa, no. En concreto, las convocatorias individuales de los fondos Next Generation están cerradas. Lo que sí es estatal y está vigente es la deducción en el IRPF y el sistema de CAE.
¿Cuánto puedo recuperar en total?
En un caso típico de sustitución de caldera de gasóleo en unifamiliar, entre un 25 % y un 40 % del coste sumando deducción del IRPF, CAE y, si hay convocatoria abierta en tu comunidad, la subvención autonómica. Sobre un presupuesto de 16.000 €, eso son entre 4.000 y 6.500 €.
¿Puedo pedir la ayuda si ya he instalado la aerotermia?
En el caso de la deducción del IRPF, sí, siempre que tuvieras el certificado energético previo y hayas pagado por banco. Para los CAE, normalmente sí, dentro del plazo que fije la ficha. En cambio, para las subvenciones autonómicas casi siempre no: la mayoría exigen solicitar antes de contratar. → ¿Se puede solicitar la ayuda después de instalar?
¿Las subvenciones tributan en el IRPF?
Sí. En general, las subvenciones para obras en la vivienda se consideran ganancia patrimonial y tributan en el ejercicio en que se cobran, salvo exenciones específicas. Consúltalo con un asesor: es la letra pequeña que casi nadie menciona y que reduce el importe efectivo de la ayuda.
¿Y si mi comunidad no tiene ninguna convocatoria abierta?
En ese caso te quedan la deducción del IRPF, los CAE y la bonificación municipal, que en conjunto ya suelen cubrir entre un 25 % y un 30 % del coste. No es motivo suficiente para esperar indefinidamente: las convocatorias autonómicas son impredecibles y, mientras esperas, sigues pagando la factura del sistema antiguo.
¿Merece la pena esperar a que salga una convocatoria mejor?
Depende, sobre todo, de tu punto de partida. Si vienes de gasóleo y gastas 1.900 €/año, cada año de espera te cuesta más de 1.200 € en sobrecoste de combustible: más de lo que suele dar la subvención. En cambio, cuando vienes de gas natural, esperar sale casi gratis. → ¿Merece la pena la aerotermia?
Metodología y aviso legal
Cómo verificamos esta página
Como norma, esta página se revisa cada trimestre. Para cada comunidad autónoma comprobamos el organismo gestor, la existencia de convocatoria vigente y, cuando la hay, sus cuantías y plazos según el texto publicado en el boletín oficial correspondiente. En cambio, cuando no podemos confirmar una convocatoria activa lo indicamos como «verificar» en lugar de reproducir cifras de convocatorias caducadas: es la práctica más extendida en este sector y la causa de que mucha gente pierda el plazo.
Aviso legal
Esta web es un medio de divulgación independiente. No somos una administración pública, no tramitamos ayudas y no tenemos relación con ningún organismo oficial. Por tanto, la información es orientativa y puede quedar desactualizada entre revisiones. Antes de tomar cualquier decisión económica, consulta la convocatoria oficial vigente y, si tienes dudas fiscales, a un asesor.
Fuentes
- BOE. Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre — prórroga de las deducciones por eficiencia energética.
- Agencia Tributaria. Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
- MITECO. Sistema de Certificados de Ahorro Energético, catálogo vigente de fichas y agentes del sistema.
- BOE. Real Decreto 477/2021 — programas de incentivos de autoconsumo y renovables térmicas (Next Generation).
- BOE. Real Decreto 390/2021 — certificación de la eficiencia energética de los edificios.
- EVE. Programa de ayudas a la generación eléctrica para autoconsumo y la electrificación de los consumos térmicos.
- IDAE. Agencias regionales y locales de energía.